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Reglamentación de protectores de sobre y baja tensión permanentes y transitorias con corte de neutro

Nos consulta nuestro colega Gabriel

Consulta

¿Por qué en la Argentina no se reglamenta como en otros países a los protectores de sobre y baja tensión permanentes y transitorias con corte de neutro?

Respuesta

No conocemos las reglamentaciones vigentes en otros países, pero es cierto que la Reglamentación de la AEA para Instalaciones Eléctricas en Inmuebles no exige la instalación de protecciones contra sub- y sobretensiones.

La Asociación Electrotécnica Argentina (AEA) reglamenta las medidas básicas de seguridad con las que toda instalación eléctrica debe contar. El objetivo primario es proteger a la instalación y a las personas asociadas a su operación, y no a los aparatos a ella conectados; cada uno de ellos debe contar con sus propias medidas de protección.

Las medidas reglamentadas son de mínima, nadie le impide a Usted implementar las medidas adicionales que considere necesarias.

Las protecciones contra variaciones permanentes (varios segundos o minutos) y transitorias (algunos mili- o microsegundos) son distintas.

Las sub- y sobretensiones permanentes suelen ser de baja intensidad (+20/50%) y se protegen con supervisores de línea que ante un defecto cortan a la alimentación de la red actuando sobre otro aparato, como, por ejemplo, un interruptor automático.

Las sobretensiones transitorias suelen ser de alta intensidad (varios kV) y se protegen con descargadores de sobretensión o pararrayos. No cortan a la alimentación de la red ante una falla.

Sólo existen protecciones contra subtensiones transitorias (microcortes) para instalaciones industriales o redes de distribución de energía.

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